Historia General del Pueblo Dominicano Tomo II
238 0LJUDFLRQHV \ FDPELRV GHPRJUiÀFRV /D FRQVROLGDFLyQ GH XQ SXHEOR GH ORV DUDQFHOHV \ JUDYiPHQHV HO FRPHUFLR OLEUH FRQ HO H[WHULRU WDQWR GH LP - SRUWDFLyQ FRPR GH H[SRUWDFLyQ HUDQ GLYLVDV GH XQ HVSHFWUR GH SHQVDPLHQWR librecambista que iba mucho más allá de lo que la metrópoli podía permitir. 6LQ HPEDUJR KDEtD SOHQD FRQFLHQFLD GH TXH HVWH LQWHUFDPELR FRQ HO H[WUDQMHUR había sido el motor del crecimiento dominicano, concepción en la que coinci- dían tanto las élites del Cibao, de la frontera y las capitalinas. En la sociedad capitalina del siglo XVIII las capas de mulatos, negros libres y esclavos se evidenciaban a través de sus profesiones y su afán de ascenso social a través del comercio o la artesanía. Nos proporcionan una imagen de mayor movilidad, tal y como manifestaba el informe anónimo de 1734. En él se señala que algunos pardos ascendían en la consideración socio-económica y se integraban dentro de las capas medias. Junto con ellos había también cien esclavos que eran propiedad de la Hacienda que habían sido adquiridos SDUD EHQHÀFLDU XQD PLQD GH FREUH HQ OD LVOD SHUR TXH DO QR OOHYDUVH D FDER VX producción, fueron empleados en las fábricas de las murallas y fortalezas. 47 De ahí el afán de la clase dirigente que aspiraba a imitar la economía de plantación esclavista de la parte francesa, para controlar e impedir tales tra- bajos entre los negros libres y muy especialmente de los llamados ganadores que trabajaban dentro de la ciudad. Las ordenanzas de 1786, en lo referente al abasto público, obligaban a su venta en los puestos y la plaza pública y lo pro- KLEtDQ H[SUHVDPHQWH HQ ODV SXHUWDV R HQ HO UtR DO RWUR ODGR 3UHVFULEtDQ TXH WDO práctica de regatonería se penaba con diez pesos de plata a sus contraventores por primera vez. Por la segunda, si fuera negro o mulato, la misma pena y 50 azotes en la picota y si era negra, cuatro horas en la picota y blanco 25 y por la VHJXQGD ORV PLVPRV FDVWLJRV \ OD SpUGLGD GH ODV HVSHFLHV \ ©D ORV YHQGHGRUHV para que coadyuven, siendo negros o mulato doce azotes por la primera, vein- te y cinco por la segunda y por la tercera veinte y cinco azotes y dos meses de presidio, y siendo españoles la quinta parte del precio por la primera, el tercio por la segunda y el todo del precio por la tercera, pues todos deben venir a la SOD]D \ SXHVWRV S~EOLFRV SDUD EHQHÀFLR FRP~Qª 6H WUDWDED GH FRQWURODU ORV precios y especialmente la compra de víveres y mantenimientos ultramarinos SRU PHUFDGHUHV \ SXOSHURV ©QL SDVDU SDUD HVWH HIHFWR D ORV QDYtRV R EDUFRV sean los que fuesen, para revenderlos, como hasta aquí lo han hecho, y darlos a precios altísimos con notoria iniquidad contra pobres y no pobres, y sin que se permita por los guardas sacar aceite, velas, jabón, pescado, jarrones, DMRV FHEROODV \ GHPiV FRVDV XOWUDPDULQDV GH FXHQWD GH PHUFDGHU R SXOSHURª Los dueños de los barcos deberían venderlo públicamente para que todos se pudieran aprovechar de su venta al por menor los diez primeros días, sin que se pudiera vender hasta que pasase ese término bajo por regatones bajo
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