Historia General del Pueblo Dominicano Tomo II

770 Las reformas político-administrativas en la dinámica de Santo Domingo era menor que el de la compra. Como es lógico, el resto de los empleos tam- bién fueron ocupados y apropiados por los miembros de estas apoyándose en dispensas de edad y vínculos, y eligiéndose en las elecciones del Cabildo, lo FXDO DFDEy RWRUJiQGROHV SRGHU H LQÁXHQFLD HQ OD ORFDOLGDG Precisamente, para poner remedio a esta situación que se dio en los Cabildos de la mayoría de las ciudades americanas, la Corona actuó en una doble línea en un intento de terminar con esa estructura anquilosada y revita- lizarlos: por un lado, se crearon nuevos cargos y, por otro, se puso en marcha una política de enajenación de los regimientos 53 . En el Real Auto acordado de 5 de mayo de 1766, Carlos III ordenaba la creación, en todas las localidades GH PiV GH GRV PLO KDELWDQWHV GH ORV RÀFLRV GH GLSXWDGRV GHO FRP~Q \ VtQGLFR personero en el seno del regimiento. 54 A los primeros se les encargó la admi- nistración de los abastos, los propios, mercados, pósitos, policía y quintas, y en cuanto al síndico le correspondería defender todo aquello que competiera al bien común de la ciudad. La diferencia fundamental entre estos nuevos RÀFLRV \ ORV DQWLJXRV HUD TXH VX HOHFFLyQ VH UHDOL]DUtD HQWUH ORV YHFLQRV GH OD localidad, la capa más amplia de la sociedad. 55 (VWR VLJQLÀFy SDUD $PpULFD una posibilidad de que participara un mayor número de vecinos, bien criollos o peninsulares, sin incluir a los estratos inferiores, como los esclavos o indios. De modo que sería una alternativa para ir sustituyendo a los grupos familia- res que se habían adueñado de los Cabildos. Sin embargo, esta medida tuvo un alcance muy limitado en América 56 e incluso hubo lugares en los que no llegó a ejecutarse, como en Santo Domingo, GRQGH HVWDV IXQFLRQHV HVWDEDQ FRQÀDGDV DO ÀHO HMHFXWRU \ DO VtQGLFR SURFX - UDGRU JHQHUDO SHUR Vt VH FUHDURQ ODV ÀJXUDV GH ORV DOFDOGHV GH FXDUWHO \ GH barrios. Estos nuevos cargos fueron trasplantados a América con la intención GH PRGLÀFDU OD DGPLQLVWUDFLyQ GH MXVWLFLD HQ SULPHUD LQVWDQFLD DVt FRPR SUR - porcionar una nueva división política a la ciudad y controlar al conjunto de OD SREODFLyQ 3HUR H[LVWtD XQD ~QLFD GLIHUHQFLD HQ UHODFLyQ D VX VLVWHPD GH elección: mientras en la Península los alcaldes de barrio eran elegidos por los vecinos, en la mayoría de las poblaciones de Indias los nombraban los DOFDOGHV GH FXDUWHO \ ORV FRQÀUPDEDQ HO YLUUH\ R HO JREHUQDGRU 57 Si bien, es a partir de la Real Célula de 6 de octubre de 1768, dictada para la ciudad de Madrid, cuando se empieza a hablar de la necesidad de aplicar esta medida en América. La división no aparece efectiva en Santo Domingo hasta 1786: la ciudad es dividida en 4 cuarteles (distritos), estando cada uno sujeto a un oidor de la Audiencia. 58 El oidor decano podía elegir el cuartel que quisiese, después nombraba a los dos siguientes, quedando para el cuarto el último cuartel (alcaldes de cuartel). A su vez cada cuartel se dividió en

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