Historia General del Pueblo Dominicano Tomo II

Historia general del pueblo dominicano 721 El Concilio, que se prolongó casi cuatro meses, abrió sus sesiones con una misa solemne, celebrada por el obispo de Puerto Rico en la Catedral el 21 de septiembre de 1622, aunque las sesiones formales abrieron el domingo 6 de noviembre de ese año, y al llegar a la séptima sesión, el 1.º de enero de 1623, cerró sus deliberaciones. Además de los mencionados, asistieron a la apertura solemne el gobernador Diego de Sandoval, portador de una carta del rey Felipe IV al Concilio, que los obispos y delegados asistentes pusieron sobre sus cabezas en señal de reverencia y sumisión. Además de regular la vida formal de la comunidad cristiana y parroquial, HVWDEOHFHU ODV WUHLQWD \ XQD ÀHVWDV GH JXDUGDU \ QRPEUDU ORV MXHFHV VLQRGDOHV GH FDGD GLyFHVLV PRVWUy XQ FXLGDGR H[WUHPR GH OD SREODFLyQ LQGtJHQD GHGL - FiQGROH OD VHVLyQ VH[WD FRPSOHWD GH GLFLHPEUH GH TXH FRQVWD GH XQ WtWXOR ©'H ODV FRVDV SHUWLQHQWHV D ORV LQGLRVª GLYLGLGR HQ QXHYH FDStWXORV Como si se tratase de un remedo de las reducciones jesuitas sudamericanas, el Concilio Provincial, siguiendo las recomendaciones de Felipe IV, abogó por congregar a los indígenas en pueblos dotados de escuelas, iglesias y sacerdo- tes permanentes, a los que además prohibía el acceso a los negros. Como si se tratase de un prólogo solemne, decían los padres conciliares: (QVHxD OD H[SHULHQFLD \ HV VHQWHQFLD FRP~Q GH ORV WHyORJRV \ FRQ - IHVRUHV TXH ORV QHyÀWRV VH HQFXHQWUDQ HQ HYLGHQWH SHOLJUR GH VDOYD - ción cuando viven solos en los campos y fuera de la comunión de los cristianos. Porque allí ni pueden aprender lo necesario para su alma, ni pueden ser ayudados con los remedio de los Sacramentos. Porque si los adoctrinados con asiduidad y sacados de su naturaleza ruda y salvaje, apenas reciben a medias la doctrina de la salvación, ¿de qué modo, los dispersos por los campos, la reciben sin tener quien se la practique? Y después de acusar de incuria a las autoridades coloniales en lo ordena- GR \D SRU HO UH\ DxDGtD HO WH[WR FRQFLOLDU $PRQHVWDPRV SRU OR WDQWR \ H[KRUWDPRV D ORV 0DJLVWUDGRV *REHUQDGRUHV \ D ORV UHVWDQWHV -XHFHV TXH SRU RÀFLR R FRPLVLyQ HVWiQ obligados a fundar los pueblos de indios que, pospuesto todo huma- no afecto, se apresuren a reunirlos en poblaciones, donde dejen las costumbres agrestes y se acostumbren a las instituciones de la vida cristiana y política y, mediante la instrucción cotidiana, lleguen a la plenitud de la fe y a la observancia de los mandamientos de Dios. 19

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