Historia General del Pueblo Dominicano Tomo II
Historia general del pueblo dominicano 527 tenerla es de Ley puede V. A. librar su real provisión amparando a la referida villa en la que ha poseído por los mismos límites y guarda- rayas que le señalaron don Vicente Díaz alcalde mayor.– De Santo Domingo y enero trece de mil setecientos cuarenta y siete. – Agüero. $SR\DGRV HQ OD RSLQLyQ GHO ÀVFDO ORV MXHFHV GH OD 5HDO $XGLHQFLD GH Santo Domingo otorgaron auto de amparo a los monteros del ejido de Azua: Vistos: Líbrese real provisión de amparo en la conformidad pedida por el Señor Fiscal con reserva de su derecho a los que se consideren interesados a la propiedad para que lo deduzcan en este Tribunal como y cuando les convenga. – Doctor Berdugo. – Belarde. – Villa Urrutia. No había pasado mucho tiempo cuando en nombre del Cabildo de Azua, el alcalde ordinario, Tomás Fernando, intentó conseguir rentabilizar aquellas WLHUUDV HMLGDOHV KDFLpQGRODV SDVDU SRU SURSLRV GH OD FLXGDG \ H[LJLU DVt SURYHQ - tos. Por edicto obligaba a los habitantes de la villa de Azua a pagar un canon o censo por el uso de las tierras en que tenían construidas sus viviendas (ge- neralmente bohíos), así como por el uso de las tierras del ejido. Esto dio lugar a que los moradores de Azua volvieran a presentar su protesta y petición ante la Real Audiencia: […] en nombre de ciento y más vecinos de ella por quienes pres- tamos voz y causión de rat[i]o y rat[i]o en la mejor forma que por derecho haya lugar y sin perjuicio de los que nos sean favorables ante V. A. parecemos y decimos que teniendo nos, los susodichos, nuestras habitaciones casas o bojios en la referida Villa, como veci- nos y moradores que somos de ella, se publicó, dado por el vuestro $OFDOGH 2UGLQDULR TXH DFWXDO OR HV 7RPDV )HUQDQGR D ÀQ GH TXH se hiciese público a su vecindario, ciertos preceptos muy diformes que cohonesta vistiéndoles con el título de ecónomo gobierno a que le practicó su falta de inteligencia, intentando constituirnos y subyugarnos a los pobres de aquel vecindario a que hallamos de pagar tributo arrendamiento o pensión anual por el territorio en TXH VH FRPSUHQGHQ QXHVWUDV FDVDV \ HVWDV VH RFXSDQ VLQ UHÁH[LyQ D OD LQPHPRULDO \ DQWLJXDGD SRVHVLyQ TXH HO H[SUHVDGR YHFLQGDULR ha gozado sin que en ninguna manera por ningún título ni causa haya sido pensionado en derecho ni alcabalas y mucho menos por
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MzI0Njc3