Historia General del Pueblo Dominicano Tomo II

40 /DV 'HYDVWDFLRQHV GH \ atentaba contra sus creencias católicas y ponía en riesgo la autoridad del rey sobre las Indias. Los habitantes de la banda norte se mezclaban con los herejes D YLVWD GH WRGR HO PXQGR SDUWLFLSDEDQ FRQ HOORV HQ ÀHVWDV TXH WHUPLQDEDQ HQ borracheras, los elegían como padrinos en los bautizos de sus hijos, se bur- laban de los mandamientos de la Iglesia comiendo carne en días vedados y OHtDQ %LEOLDV UHIRUPDGDV GH PDQHUD TXH OD IH GH WRGRV HOORV HUD ©WDQ GHOJDGD FRPR XQ KLOLOOR GH VLUJDª También la propaganda política de los luteranos mellaba el ánimo de los vecinos, quienes ya dudaban de la validez de los títulos del monarca español relativos a sus dominios coloniales. De ahí que el arzobispo tuviese que pre- dicar desde el púlpito que tan dueño era Felipe II de Castilla y Aragón como del Nuevo Mundo, y recordar a los desmemoriados las bulas de donación del papa Alejandro VI a los Reyes Católicos y sus legítimos sucesores. En lo con- cerniente a sus poderes inquisitoriales, Ramos apeló a la facultad que el rey le había otorgado a López Dávila y de cuya prerrogativa se creyó acreedor por HQWHQGHU TXH OD PLVPD VH H[WHQGtD D pO /D $XGLHQFLD DÀUPy GHEtD DWHQHUVH D OR TXH ©FRQRFLGDPHQWH OH FRQYLHQHª \ QR LQPLVFXLUVH HQ SOHLWRV GLVWLQWRV D ORV habituales. La connivencia de los vecinos de la banda norte con los luteranos no constituía solo un crimen lessae magestatis hamanae , sino que también con- tra la majestad divina a pesar del criterio de los oidores, los cuales negaban que los corsarios franceses e ingleses fuesen herejes por no estar bautizados. Dieciocho días después de escrita la carta del prelado, el Consejo de Indias, apoyándose en las Cédulas de 1585 sobre la utilidad o no de establecer XQ WULEXQDO GHO 6DQWR 2ÀFLR HQ OD FRORQLD SURSXVR TXH HO LQTXLVLGRU JHQHUDO diese facultad al arzobispo y sus sucesores para que procediesen contra los rescatadores, propuesta que el rey envió al cardenal Gaspar de Quiroga para TXH RIUHFLHVH VX SDUHFHU DO UHVSHFWR 'RV PHVHV PiV WDUGH HO &RQVHMR PRGLÀ - có su idea, sugiriendo en lugar de ella que se instituyese formalmente dicho WULEXQDO SRU VHU OD LVOD ©SULQFLSDO HVFDOD \ SXHUWR GRQGH PX\ GH RUGLQDULR DFXGHQ ORV H[WUDQMHURVª La disputa entre la Audiencia y Ramos se resolvió unilateralmente cuan- do ese organismo comisionó a uno de sus miembros, Simón de Meneses, para que actuase judicialmente contra los rescatadores. En tal virtud, el oidor SURFHVy D QXPHURVDV SHUVRQDV DOJXQDV GH ODV FXDOHV HMHUFtDQ RÀFLRV S~EOLFRV como los de escribano, regidor y alcalde, o bien se distinguían por su posición social y económica. Cabe citar al capitán Alonso de Cáceres Carvajal, amigo íntimo del visitador Villagrán y a quien el gobernador Vega Portocarrero había nombrado juez en la banda norte; también a Baltasar de Monasterios, propietario del ingenio La Concepción, situado en Haina, al presbítero Juan

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