Historia General del Pueblo Dominicano Tomo II
322 7UDQVIRUPDFLRQHV GH OD HVFODYLWXG HQ 6DQWR 'RPLQJR FRORQLDO /D UHVSXHVWD GHO ÀVFDO )RQFHUUDGD UHFRQRFH ODV UD]RQHV GHO FRPLVLRQDGR De la Bigerie, por lo que la cuestión de los esclavos fugitivos franceses, en cuanto a la libertad y su restitución, no debían tenerse por comprendidos en la reciente Instrucción General, dada por Real Cédula en Madrid a 14 de abril GH ©PLHQWUDV 6X 0DJHVWDG QR OR GHFODUHª HQ FRQVHFXHQFLD UHFRPHQGy que dicha cédula no se entendiera en perjuicio de los tratados entre los sobe- ranos de ambas colonias: […] y por consiguiente los bandos y edictos que hayan publica- GR ORV DOFDOGHV \ GH TXH VH TXH[D HO $VLVWHQWH GH 6X 0DJHVWDG Christianissima, no debe[n] comprender los esclavos de la vecina y contigua colonia, y para esto deber [sic] darse las promptas hordenes que pide el Asistente, y darse quenta a Su Magestad. /D 5HDO $XGLHQFLD DFRJLy HO GLFWDPHQ GHO ÀVFDO \ HQYLy RWUD 5HDO 3URYLVLyQ a todos los cabildos para que del mismo modo se diera a conocer en todo el te- UULWRULR GH OD FRORQLD ©DGYLUWLHQGR D WRGRV ORV MXH]HV TXH KXELHVHQ \PFXULGR HQ la mala yntiligencia que esplica la parte reclamante lo mal visto y reparable que ha sido a este superior tribunal porque la sitada real cédula de ninguna manera deroga ni toca a los tratados particulares establecidos por el Rey nuestro Señor y VX 0DJHVWDG &KULVWLDQtVLPD SDUD PD\RU KDUPRQtD \ UHVLSURFR EHQHÀFLR GH HVWD isla en la parte española ni la porción pertinente a la dominación francesa los quales los referidos justicias los guardarán observarán y harán guardar y cum- SOLU HQ WRGDV VXV SDUWHVª 7DPELpQ VH GLR FXHQWD DO UH\ SDUD FRQVXOWDUOH VREUH el reclamo francés y lo dispuesto por las autoridades, pidiendo su aprobación. Sin embargo, la respuesta a la consulta hecha por la Real Audiencia no fue ne- FHVDULD \D TXH HQ EUHYH GLFKD 5HDO ,QVWUXFFLyQ IXH ©VXVSHQGLGD HQ VXV HIHFWRVª debido a las muchas protestas de los propietarios que generó en las principales provincias del imperio español. A juicio del historiador Lucena Salmoral, el fra- caso de la legislación general sobre la población esclava era un indicador de la GHELOLGDG GHO ©GHVSRWLVPR LOXVWUDGR GH OD &RURQD HVSDxRODª \D TXH No era capaz de sostener siquiera las cédulas que daba y hasta imprimía. No podía actuar unilateralmente, rompiendo la alianza H[LVWHQWH HQWUH OD &RURQD \ OD PLQRUtD FULROOD GRPLQDQWH SRUTXH era lo único que sostenía la dependencia de las colonias […]. La Instrucción de 1789 no fue revocada, ni suspendida; solo suspendida HQ VXV ©HIHFWRVª \ UHFRPHQGDGD HQ VX ©HVStULWXª 8Q WULVWH ÀQ SDUD HO reformismo borbónico esclavista. 153
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MzI0Njc3