Historia General del Pueblo Dominicano Tomo II
Historia general del pueblo dominicano 115 para fomentar la población de la isla, Felipe II había concedido 1,000 fanegas GH WLHUUD R PHQRV ©VHJ~Q OD FDOLGDG GH ODV SHUVRQDVª a cuantos fueran a vivir allí, ostentando el presidente de la Audiencia la facultad de su señalización sin perjuicio de terceros, otorgando su disfrute para siempre, sin jurisdicción y con el compromiso de labrarlas en cuatro años. Los más destacados veci- nos consiguieron así tierras para labranza, viñedos, estancias e ingenios que años más tarde apenas estaban utilizadas. Se originó como consecuencia una VLWXDFLyQ LQMXVWD OLPLWDQGR D RWURV YHFLQRV TXH GHVHDEDQ \ SRGtDQ H[SORWDU las citadas tierras, pero se lo impedían los derechos adquiridos por los pri- meros. Después de repetidas quejas al Consejo de Indias, se resolvió quitar las tierras a quienes, a corto plazo, no las utilizaran, recibiendo la Audiencia orden de que actuase en cada caso, tras las averiguaciones precisas. Llegamos DVt D ÀQDOHV GH VLJOR HQ DxR HQ HO TXH GRFXPHQWD *LO %HUPHMR XQD GH estas adjudicaciones, realizada por el presidente Diego Osorio. Se trataba de la concesión de unas tierras para una estancia, en el camino del Pozo, hacia la desembocadura del Haina, a unas tres leguas de la capital. Se le concedió el terreno al solicitante a cambio de que se comprometiese a guardar dicho camino. Posteriormente esta estancia pasó a Baltasar de Plasencia. 56 En 1628 el presidente de la Audiencia, Chaves Osorio, ordenó despoblarla y cerrar el camino por razones defensivas. Este hecho perjudicaba gravemente los in- tereses de Plasencia quien, al presentar sus quejas ante el visitador Hurtado HQ H[SRQtD HO JUDQ SHUMXLFLR TXH SDUD pO PLVPR \ SDUD OD FLXGDG KDEtD supuesto la destrucción de labranzas de mantenimiento o subsistencia, en particular yuca, maíz, frijoles y maní. Valoraba las pérdidas en más de 7,000 ducados. Pese a que consiguió el apoyo del Cabildo, no vio atendidas sus que- jas. 57 Desde el siglo XVII la Audiencia ejercía su autoridad en la adjudicación de terrenos si bien el Cabildo desempeñaba un papel informativo, aun de cierta LQÁXHQFLD FRQVHFXHQFLD GH ODV UHODFLRQHV TXH H[LVWtDQ HQWUH ORV PLHPEURV GH ambas instituciones. (Q ODV SUR[LPLGDGHV GH OD FDSLWDO VH FRQFHQWUDED HO PD\RU Q~PHUR GH H[SORWDFLRQHV DJUtFRODV \ JDQDGHUDV JUDQ SDUWH GH ORV KDWRV H LQJHQLRV TXH quedaron en la isla y las nuevas estancias, que ofrecían más facilidades para HO FXOWLYR MXQWR D ODV \D H[LVWHQWHV (QWUH ORV SURSLHWDULRV VH HQFRQWUDEDQ autoridades civiles, funcionarios de la Audiencia, regidores, eclesiásticos y militares asentados en la capital de la isla. Algunos de ellos acumulaban YDULDV ÀQFDV 58 Sobre el valor de algunas propiedades, podemos citar la mon- tería de Gonzalo San Miguel, vendida en 1624 por 5,436 reales de cuartos, o el ingenio que don Pedro Serrano compró en San Cristóbal, en 1625 por 11,030 ducados de vellón al alguacil Francisco Rodríguez Franco. La venta se
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